En el encuentro, presidido por el titular de la cartera sanitaria, Claudio García, se trabajó sobre los distintos aspectos reglamentarios y los procesos de implementación de la Ley Nacional N° 27.159 y su Decreto Reglamentario 402/2022, que conforma un “Sistema de Prevención Integral de Eventos por Muerte Súbita” en espacios públicos y privados de acceso público, con el fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular.
Dentro de esta importante normativa se contempla la gestión de desfibriladores externos automáticos (DEA) a los organismos públicos con gran flujo de personas, como así también, las responsabilidades de las áreas de salud pública en cuanto a la capacitación para su uso de forma rápida y efectiva. En tanto, se resuelve que los ministerios provinciales tienen la facultad de supervisar el cumplimiento de esta Ley y de realizar la fiscalización de los desfibriladores para asegurar que sean validados por autoridades sanitarias y puedan verificar que los equipos adquiridos estén en condiciones de ser utilizados correctamente.
Con esta Ley se busca que los espacios cardioasistidos cuenten con los elementos necesarios para asistir a una persona en los primeros minutos tras un paro cardíaco. También, se busca promover la instrucción básica de primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa en el nivel comunitario.