¿Quiénes pueden votar?
Como elector o electora tenés derecho a ejercer el voto. El sufragio es universal, libre, secreto y obligatorio.
¿Qué significa?
Desde los 16 años en adelante (y naturalizados, desde los 18 años) a la fecha de la elección nacional, las personas tienen el deber cívico de votar. Sin embargo, los menores de 18 años y mayores de 70 años no están obligados a hacerlo.
El padrón
En caso de no figurar en el padrón electoral (https://www.padron.gob.ar/) es importante que hagas el reclamo. Podés hacerlo por teléfono llamando a la línea gratuita 0800-999-7237
Recordá que, si te encontrás a más de 500 km de distancia del lugar donde debes votar, tenés que justificar tu no emisión de voto en la comisaría más cercana a tu domicilio.
Breve repaso nacional
En las próximas elecciones nacionales, a desarrollarse los días 13 de agosto (P.A.S.O.) y 22 de octubre (Generales), y posible segunda vuelta 19 de noviembre, elegiremos:
- Presidente/a y vicepresidente/a
- 19 parlamentarios y parlamentarias del Mercosur por distrito nacional
- 24 parlamentarios y parlamentarias del Mercosur por distrito regional
- 130 diputados y diputadas nacionales en todo el país
- 24 senadores y senadoras nacionales en 8 provincias
En la Provincia
En Santa Cruz, decidimos quién será:
- Gobernador/a y vicegobernador/a
- Diputados y diputadas provinciales por distrito y por municipio
- Representante del pueblo en el Consejo de la Magistratura.