• Ambiente - Viernes, 09 Julio 2021

Por primera vez se implementará la participación pública temprana en Santa Cruz

Se trata de una nueva metodología de participación ciudadana, en la cual las comunidades podrán aportar sus opiniones de manera previa a la evaluación de impacto ambiental.

A partir del proyecto de pavimentación de la Ruta Provincial Nº 41 entre El Chaltén y Lago del Desierto, el Gobierno de Santa Cruz a través de la Secretaría de Estado de Ambiente y la Administración General de Vialidad Provincial, impulsan una herramienta con pocos precedentes a nivel nacional, que permite incorporar los aportes y pareceres de la comunidad como parte de los procesos de decisión gubernamental.

Se define a la participación pública como la capacidad y posibilidad que tienen las personas y los grupos de influir en las decisiones que pueden afectar su calidad de vida.

En ese sentido, la participación como derecho y como instrumento, contribuye con los marcos de transparencia en la gestión pública y en la prevención de conflictos socioambientales.

Procedimiento

Desde la Secretaría de Estado de Ambiente, se dispuso el procedimiento oficial en el cual el proponente deberá acompañar en su presentación inicial, y junto con el Manifiesto de Impacto Ambiental, un Documento de Divulgación que deberá contener información expresada de forma clara, oportuna y comprensible, para que los interesados puedan hacer efectivo el derecho a participar de manera temprana en el proceso de toma de decisiones. Este documento de divulgación como mínimo contendrá:

-Descripción del área de influencia y de las características físicas y técnicas del proyecto o actividad propuesta;

-Descripción de los impactos ambientales estimados del proyecto o actividad y, según corresponda, el impacto ambiental acumulativo;

-Descripción de las medidas previstas con relación a dichos impactos.-

Seguidamente, la autoridad de aplicación pondrá el documento de divulgación a disposición de la sociedad mediante su difusión en formato digital a través de su publicación en sitios webs oficiales, por un período no menor a los quince (15) días hábiles. Ello sin perjuicio de la incorporación de otros medios de difusión específicos a fin de asegurar la genuina participación pública de los sectores interesados

Una vez finalizado el proceso de participación pública temprana de conformidad con las pautas, contenido y procedimientos específicos definidos por la autoridad de aplicación, el proponente deberá incorporar sus conclusiones al momento de elaborar el correspondiente estudio técnico, sirviendo así de insumo al mismo.

Las nuevas concepciones sobre el ambiente, destacan que el fortalecimiento de la democracia implica un aumento sostenido de la participación, entendida como un proceso en el que los intereses, necesidades y preocupaciones prioritarias de los ciudadanos buscan ser considerados dentro de la toma de decisiones gubernamentales.

La propuesta impulsada por el Gobierno Provincial, se encuentra en línea con los objetivos del desarrollo sostenible, en particular con el Nº 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas” el cual plantea entre sus metas:

-Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas

-Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades

-Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales

Asimismo, la Ley General del Ambiente exige que las autoridades habiliten e institucionalicen procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.

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