Se trata de una labor iniciada hace 11 años y que, en marzo del 2022, culminó con la firma del convenio entre las partes. En esta oportunidad, se homologó desde el artículo 93° al 202° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Salud y Ambiente y Caja de Servicios Sociales, dando por finalizada la redacción del mismo.
Después de 12 años de redacción del Convenio Colectivo Sectorial de Salud, en un año de trabajo intensivo, en trabajo conjunto de los gremios ATE, FATSA–ATSA, FESPROSA-APROSA, UPCN, APAP y el Poder Ejecutivo, en marzo del 2022 se concluyó con la escritura de la Carrera del Personal de Salud y Ambiente. Este CCT también incluye al personal de la Caja de Servicios Sociales.
En este sentido, la secretaria de Estado de Gestión Pública, Julia Ruiz, señaló: “Nosotros comenzamos a trabajar este convenio colectivo sectorial en el año 2021 y, en marzo del 2022, lo que hicimos fue homologar parcialmente el convenio colectivo en todo lo que se refería a carrera, régimen remunerativo, jornadas laborales, franco-compensatorios y demás”.
Mientras que este último tramo de redacción, se abordó “lo que se refiere a sumarios e informaciones sumarias y también las distintas licencias con perspectiva de género como por ejemplo para fertilización asistida o cambio de género, todo adecuado a la legislación tanto nacional como provincial en la materia”.
Finalmente, Ruiz remarcó que “estamos muy conformes con este trabajo conjunto con los gremios porque lo llevamos adelante desde 2021 con dos reuniones semanales. Fue muy arduo, pero también gratificante en cuando a garantizar derechos y mejorar condiciones labores de los trabajadores de Salud”.
Temas tratados
Es importante resaltar que el Gobierno Provincial y las entidades gremiales que participaron ayer de la Mesa de Redacción del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Salud y Ambiente y Caja de Servicios Sociales, acordaron homologar por unanimidad desde el artículo 93° al 202° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Salud y Ambiente y Caja de Servicios Sociales, dando por finalizada la redacción del mismo, y el que quedará redactado de la siguiente manera:
TITULO XII
CAPITULO I
REPRESENTACION GREMIAL: La misma está detallada en los
ARTÍCULOS 93°, 94°, 95°, 96°
ARTÍCULO 97°: ESPACIO FÍSICO
CAPÍTULO II
INFORMACIÓN
ARTÍCULOS 98° y 99°
RÉGIMEN DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS
El presente régimen tiene como objetivo el otorgamiento de las licencias, justificaciones y franquicias a fin de garantizar el descanso anual laboral, apoyar y facilitar el progreso de los trabajadores para su formación y perfeccionamiento, como así también la contención y acompañamiento del trabajador o trabajadora y a su familia fortaleciendo la atención integral de su salud aplicando las medidas necesarias para la detección precoz de enfermedades laborales y/o profesionales en coordinación con la CyMATSA.
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 100°- DERECHOS. Los trabajadores/as tendrán a partir de la fecha de su incorporación, derecho a las licencias, justificaciones y franquicias previstas por este Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial de Salud y Ambiente y Caja de Servicios Sociales,
CAPÍTULO II
LICENCIA ANUAL ORDINARIA
LICENCIA POR RECESO INVERNAL
CAPÍTULO III
LICENCIAS ESPECIALES, detallada en el ARTÍCULO 103
CAPITULO IV
LICENCIAS EXTRAORDINARIAS CON GOCE DE HABERES
CAPITULO V
LICENCIAS EXTRAORDINARIAS SIN GOCE DE HABERES
CAPITULO VI
JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS
CAPITULO VII
FRANQUICIAS
CAPITULO VIII
FALTAS CON AVISO
TITULO XII
REGIMEN DISCIPLINARIO
CAPITULO I
TIPO DE SANCIONES
CAPITULO II
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
CAPITULO III
REGULACION DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS
CAPITULO IV
DISPOSICIONES GENERALES DE LA INFORMACION SUMARIA Y SUMARIO ADMINITRATIVO
CAPITULO V
DE LA INFORMACION SUMARIA
CAPITULO VI
DEL SUMARIO
CAPITULO V
DE LAS PRESCRIPCIONES
CAPITULO VI
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Fuente: AMA Santa Cruz