Seis (6) localidades registraron casos positivos a COVID-19: 34 El Calafate (34 altas definitivas), 7 Río Gallegos (7 altas definitivas), 6 Caleta Olivia (6 altas definitivas), 2 Puerto San Julián (2 alta definitiva), 1 Pico Truncado (1 alta definitiva), 1 Puerto Santa Cruz (1 alta definitiva)
Hasta el momento se procesaron 46 muestras de estudio de vigilancia de El Calafate las cuales resultaron negativas a COVID-19. Asimismo se espera el resultado de las muestras procesadas en el laboratorio de Rio Gallegos.
Informe epidemiológico:
La provincia de Santa Cruz continúa en la fase de CONTENCIÓN DE LA PANDEMIA.
- Al día de hoy Santa Cruz no registra transmisión comunitaria.
- Los casos: 14 son importados y 36 por contacto estrecho con casos COVID-19 positivo. Un caso en estudio.
- La edad promedio de los casos es de 42 años, con mayor proporción de hombres 31, que de mujeres 20
- En la provincia hay un total de 51 altas definitivas.
IMPORTANTE:
Todas las personas que ingresaron a la provincia en estos días deben hacer cuarentena obligatoria durante 14 días, respetando los protocolos existentes en relación a las medidas de cuidado y prevención.
Las personas que se encontraban en cuarentena en las diferentes localidades por ingresar a la provincia bajo Declaración Jurada y que cumplieron con los días establecidos de cuarentena continúan cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio según DNU 297/20.
Es importante respetar las normas preventivas y el aislamiento preventivo, social y obligatorio. Las autoridades sanitarias continúan realizando la investigación epidemiológica de los nuevos casos, con el fin de detectar los contactos estrechos para que cumplan el aislamiento con seguimiento diario establecido por protocolo.
Asimismo es fundamental reconocer si circuló o permaneció por zona definida con transmisión local, por conglomerado ó área de transmisión comunitaria en argentina: debe realizar la cuarentena Es necesario saber que si usted rompe la cuarentena y está en un proceso de incubación de la enfermedad o está en situación de portador asintomático, puede contagiar la misma a otras personas, incluyendo a la población de riesgo.
El artículo 205 del Código Penal establece que será reprimido con prisión de seis meses a dos años al que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación del virus.
Quien no cumpliere con la obligación de aislamiento será pasible de una sanción aun cuando su accionar no produzca contagio o daño alguno a terceras personas.
Asimismo, el artículo 202 del Código Penal establece una pena entre 13 y 15 años de prisión a quienes propaguen una enfermedad peligrosa y contagiosa.
Síntomas
Si tenés fiebre con tos, con dolor de garganta, dificultad para respirar, distorsión del gusto o pérdida del olfato; o estuviste en algún país con circulación del virus o en contacto con algún caso confirmado no te automediques y consulta inmediatamente al sistema de salud.
Debido a la apertura para el ingreso de santacruceños y santacruceñas varadas en diferentes localidades del país se confeccionó desde el Ministerio de Salud y Ambiente un compromiso de responsabilidad destinado a toda persona que ingrese a la provincia de Santa Cruz. La misma está disponible en formato PDF en la web del Ministerio de Salud y Ambiente.
Más información en www.saludsantacruz.gob.ar