• Gobierno - Viernes, 08 Mayo 2020

Saber Para Prevenir | Viernes 8 de Mayo | Actualización 19 horas

El Ministerio de Salud y Ambiente informa que al momento, Santa Cruz continúa con 49 casos positivos de Coronavirus (COVID-19) de los cuales 12 se encuentran activos y 37 negativizaron al virus. Hasta el momento se descartaron 296 casos en la provincia de Santa Cruz.

 

En la provincia seis (6) localidades registran casos positivos desde el inicio de la pandemia COVID-19

  • 34 El Calafate (29 altas definitivas)
  • 6 Río Gallegos (5 altas definitivas)
  • 6 Caleta Olivia
  • 1 Puerto San Julián (1 alta definitiva)
  • 1 Pico Truncado (1 alta definitiva)
  • 1 Puerto Santa Cruz (1 alta definitiva)

En la jornada se procesaron dos muestras en el laboratorio las cuales resultaron negativas:

  • 1 de Río Gallegos
  • 1 de Gobernador Gregores

 

En el contexto del Informe epidemiológico:

La provincia de Santa Cruz continúa en la fase de contención de la pandemia.

- Al día de hoy Santa Cruz no registra transmisión comunitaria.

- Los casos: 13 son importados y 36 por contacto estrecho con casos COVID-19 positivo.

- La edad promedio 43 años, con mayor proporción en hombres (29) que en mujeres (20)

- En la provincia hay un total de 37 altas definitivas,

- Quedan 12 casos activos, (1 Rio Gallegos; 6 Caleta Olivia; 5 de El Calafate con alta transitoria)

Importante:

Las personas que se encontraban en cuarentena en las diferentes localidades por ingresar a la provincia bajo Declaración Jurada y que cumplieron con los días establecidos de cuarentena continúan cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio según DNU 297/20.

Es importante respetar las normas preventivas y el aislamiento preventivo, social y obligatorio. Las autoridades sanitarias continúan realizando la investigación epidemiológica de los nuevos casos, con el fin de detectar los contactos estrechos para que cumplan el aislamiento con seguimiento diario establecido por protocolo.

Síntomas

Si tenés fiebre con tos, con dolor de garganta, dificultad para respirar, distorsión del gusto o pérdida del olfato; o estuviste en algún país con circulación del virus o en contacto con algún caso confirmado no te automediques y consulta inmediatamente al sistema de salud.

Con la proximidad de la nueva apertura para el ingreso de santacruceños y santacruceñas varadas en diferentes localidades del país se confeccionó desde el Ministerio de Salud y Ambiente un compromiso de responsabilidad destinado a toda persona que ingrese a la provincia de Santa Cruz. La misma está disponible en formato PDF en www.saludsantacruz.gob.ar

COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD AL INGRESAR A LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

Es importante y fundamental reconocer si circuló o permaneció por zona definida con transmisión local, por conglomerado ó área de transmisión comunitaria en argentina: debe realizar la cuarentena

Zonas definidas con transmisión local en Argentina

  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires
  • Area Metropolitana de la provincia de Buenos Aires
  • RS V (completa): General San Martín, José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Vicente López, Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, Pilar, Zárate
  • RS VI (completa): Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes
  • RS VII (completa): Hurlingham, Ituzaingó, Merlo, Moreno, Morón, Tres de Febrero, General Las Heras, General Rodríguez, Luján, Marcos Paz.
  • RS XI en los siguientes municipios: Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada, La Plata, Presidente Perón, San Vicente
  • RS XII: La Matanza
  • Provincia de Chaco: Resistencia, Barranqueras, Fontana y Puerto Vilelas.
  • Provincia de Tierra del Fuego: Ushuaia
  • Provincia de Río Negro: Bariloche, Choele Choel, Catriel, Cipolletti
  • Provincia de Santa Fe: Rosario

Transmisión por conglomerado

  • Provincia de Córdoba: Ciudad de Córdoba – Alta Gracia – Río Cuarto
  • Provincia de Neuquén: Loncopue

Tengo conocimiento que provengo de un área de transmisión comunitaria de COVID 19, y que la provincia de Santa Cruz está en etapa de contención, con una situación epidemiológica estable, y que depende de mi compromiso y el de toda la comunidad para mantener esta situación.

Reconozco que debo estar en un proceso de cuarentena durante 14 días, donde debo permanecer en mi domicilio, sin salir del mismo. Entiendo que es importante mi compromiso con mi comunidad.

Es necesario saber que si usted rompe la cuarentena y está en un proceso de incubación de la enfermedad o está en situación de portador asintomático, puede contagiar la misma a otras personas, incluyendo a la población de riesgo.

Indicaciones GENERALES para la persona que ingresa a la provincia.

Las mismas deben cumplirse responsablemente ya que se asumen asumo una responsabilidad individual y familiar para el cumplimiento de la misma.

-Se ha de procurar que, sea una única persona la que proporcione atención o llevar insumos necesarios a su habitación o domicilio.

-Usted no debe estar o permanecer en el mismo domicilio con personas con patologías crónicas de riesgo, o adultos de 60 años o más.

-Debe comprometerse a comunicarse con el servicio de salud en forma inmediata ante la aparición de síntomas: temperatura 37.5 o más; tos persistente; dolor de garganta; alteraciones del gusto y del olfato; dificultad para respirar, malestar general.

-Usted será contactado además por el servicio de salud local, para esto deberá informar un número de teléfono; y otro alternativo, para facilitar la comunicación con el mismo; también deberá informar domicilio con las referencias para llegar al mismo,

Indicaciones para el correcto aislamiento en domicilio

  • Debe permanecer en una habitación de uso individual.
  • La puerta de la habitación debe permanecer cerrada hasta la finalización del aislamiento. En caso de que sea imprescindible que la persona haga uso de las zonas comunes, deberá utilizar tapa boca/nariz, y realizar higiene de manos al salir de la habitación y antes de entrar en ella.
  • La habitación debe tener ventilación adecuada directa al exterior. No deben existir corrientes forzadas de aire provenientes de sistemas de calor o de refrigeración. Las zonas comunes también deberán mantenerse bien ventiladas.
  • De ser posible, se debe disponer de un baño para uso exclusivo, o en su defecto, limpiado con lavandina, tras cada uso que usted realice.
  • Se debe colocar en el interior de la habitación un tacho de basura, con tapa de apertura de pedal, y en su interior una bolsa de plástico, que debe poder cerrarse bien.
  • Los utensilios de alimentación y de aseo deben ser de uso individual, al igual que los productos para la higiene de manos como el jabón o la solución hidroalcohólica.
  • La ropa personal, ropa de cama, toallas, etc. debe ser de uso exclusivo. Esta debe cambiarse frecuentemente.
  • La persona debe adoptar en todo momento las medidas de higiene respiratoria: cubrirse la boca y la nariz al toser o estornudar con el codo flexionado o pañuelos desechables, que se depositarán en el tacho de basura dispuesto dentro de la habitación tras su uso. Lavado de manos con frecuencia con agua y jabón. También podrá utilizar soluciones hidroalcohólicas si están disponibles.
  • La persona en cuarentena NO podrá recibir visitas durante el periodo de duración de la misma.

Limpieza del domicilio de la persona en cuarentena

  • La ropa de cama, toallas, etc. de las personas enfermas debe ser lavada con los jabones o detergentes habituales a 60-90 °C y secada completamente para volver a utilizarla. Esta ropa debe colocarse en una bolsa bien cerrada hasta el momento de lavarla. No se debe sacudir la ropa antes de lavarla. Las personas que manipulen la ropa para su lavado deberán usar barbijo quirúrgico.
  • Los cubiertos, vasos, platos y demás utensilios que no sean descartables (recomendable) se lavan con agua caliente y jabón.
  • Las superficies que se tocan con frecuencia (mesitas de luz, muebles del dormitorio, etc.), las superficies del baño y el inodoro deben limpiarse y desinfectarse diariamente con un desinfectante doméstico que contenga lavandina diluida (1 parte de lavandina al 5% en 50 partes de agua) preparado el mismo día que se va a utilizar.
  • En el caso de superficies que no sean aptas para la limpieza con soluciones de agua con detergentes o lavandina, como teléfonos celulares y teclados de computadoras, etc.; de ser aptos a limpieza con alcohol, utilizar solución alcohólica al 70%. De lo contrario utilizar productos aptos para ese fin.
  • De ser necesario que otra persona se ocupe de la limpieza debe protegerse con guantes. Debe realizar higiene de manos antes y después de quitarse los guantes.

Manejo de residuos de la persona en cuarentena en el domicilio

  • Los residuos de la habitación, incluido el material desechable utilizado por usted que está en cuarentena (guantes, pañuelos, mascarillas), deben eliminarse en una bolsa de plástico (BOLSA 1) en un tacho de basura dispuesto en la habitación, preferiblemente con tapa y pedal de apertura, sin realizar ninguna separación para el reciclaje.
  • La bolsa de plástico (BOLSA 1) se cierre adecuadamente y sea introducida en una segunda bolsa de basura (BOLSA 2), al lado de la salida de la habitación, donde además se depositarán los guantes utilizados por aquella persona que ingrese a la habitación si es necesario. Se cerrará adecuadamente antes de salir de la habitación.
  • La BOLSA 2, con los residuos anteriores, se deposite con el resto de los residuos domésticos.
  • Inmediatamente después se realizará una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos.
  • La bolsa de residuos domésticos se deberá depositar en el contenedor de basura general, estando terminantemente prohibido depositarla en los contenedores de reciclado (orgánico, envases, papel, vidrio o textil) o su abandono en el entorno.

 “Tener en cuenta el artículo 205 del Código Penal que prevé que será reprimido con prisión de seis meses a dos años al que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación" del virus.

Aclaró, en esta línea, que "quien no cumpliere con la obligación de aislamiento será pasible de una sanción aun cuando su accionar no produzca contagio o daño alguno a terceras personas".

Apunto, además, que el artículo 202 del Código Penal "establece una pena entre 13 y 15 años de prisión a quienes propaguen una enfermedad peligrosa y contagiosa".

Más información en www.saludsantacruz.gob.ar

Galería de imágenes