De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 260/2020 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional y en concordancia con el Decreto Provincial N° 314/202 donde se declara la emergencia económica y comercial en el ámbito de todo el territorio provincial, serán llevadas adelante y se dará continuidad a las siguientes medidas:
- Quedarán suspendidos por el plazo de noventa (90) días corridos, el corte de los servicios en caso de mora o falta de pago de los grandes usuarios, comerciales y residenciales, incluyendo aquellos que cuenten con aviso de corte en curso.
- La cancelación de las facturas cuyos vencimientos operen en los meses de abril, mayo y junio de 2020 correspondientes a grandes usuarios y comerciales, afectados por la emergencia, podrán ser canceladas de forma prorrateada en los doce (12) meses subsiguientes a partir del mes de julio del corriente año.
- Continuidad en el registro de usuarios a través de nuestra oficina virtual, allí se podrá realizar la adhesión al débito automático, informe de consumo, visualización de facturas, etc.
- Continuidad en el diferimiento de pago del veintidós por ciento (22 %) en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019, los cuales se encuentran siendo recuperados a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por cinco (5) periodos mensuales iguales y consecutivos