El Consejo Agrario Provincial, a través de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, cita a productores agropecuarios a inscribir en el Catastro Hídrico Provincial, aquellas obras de captación de agua existentes en sus establecimientos, a fin de regularizar su situación como usuarios de aguas públicas, en los términos de los artículos 93 a 100 concordantes y subsiguientes de la Ley Provincial de Agua Pública Nº 1451.
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