El encuentro llevado a cabo el 2 de julio, que se realizó de manera presencial y virtual, contó con la participación de representantes del CAP, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y de la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS).
Por el CAP estuvieron presentes el presidente Adrián Suárez, junto a Emilio Rivera, Miguel O’Byrne y Germán Beltritti. Participaron además Marina Andreu y Germán Rezanowicz por SENASA; Francisco Milicevic y Jorge Santana por INTA; y Enrique Jamieson por FIAS.
Análisis de la Resolución SENASA 421/2025
Uno de los temas centrales fue el análisis de la Resolución 421/2025 del SENASA. Desde FIAS se expresó preocupación por las dificultades logísticas y económicas que implicaría la implementación de los análisis obligatorios sobre la tuberculosis ovina, en particular para los expositores ovinos que participan en ferias y exposiciones rurales en Santa Cruz.
Ante este escenario, la COPROSA solicitó formalmente la exclusión de los establecimientos ovinos de la provincia de los siguientes artículos:
Artículo 13 – Anexo I – Inciso 5.4:
Se argumentó que la baja incidencia de tuberculosis en ovinos y la evidencia técnica disponible no justifican la aplicación obligatoria de la prueba de intradermorreacción (IDR). Se señaló también que esta prueba no es confirmatoria y que su exigencia complica la participación de los productores en exposiciones debido a la escasez de veterinarios acreditados en la región.
Artículo 14 – Anexo II – Inciso 5.4:
Se pidió la exclusión del certificado previo de Buena Salud, ya que en todas las exposiciones rurales de la provincia se realiza una admisión sanitaria con veterinarios del SENASA junto a los privados designados por las asociaciones rurales.
Se propuso comenzar a realizar observaciones en los frigoríficos provinciales, para detectar lesiones compatibles con la tuberculosis ovina.
Revisión de los plazos de vacunación en équidos
También se propuso revisar dos incisos del Artículo 13 del Anexo I, vinculados a los esquemas de vacunación:
Inciso 4.3.1:
Influenza equina: Se observó que los plazos entre dosis en la primo vacunación no respetan las recomendaciones científicas ni los esquemas sugeridos por los laboratorios, que indican un intervalo mínimo de 4 a 8 semanas.
Inciso 4.3.2:
Influenza equina: Se sugirió adecuar la frecuencia de revacunación a los protocolos más aceptados: anual para animales de campo y semestral para aquellos con alta movilidad.
Sobre la Resolución SENASA 460/2025
Representantes del CAP, INTA y FIAS manifestaron su preocupación por la implementación de la Resolución 460/2025 que permite el ingreso del asado con hueso de vacuno a Patagonia, al considerarla un retroceso en el estatus sanitario alcanzado por la región, un claro riesgo para la región en caso de un brote de aftosa, y un perjuicio al desarrollo de la producción regional de carnes que se venía incrementando en los últimos años. Propusieron avanzar en una estrategia que permita a la Argentina lograr el reconocimiento como país libre de fiebre aftosa sin vacunación, al igual que países vecinos.
SENASA confirmó que los cortes de las carnes de cerdo, caprinos y ovinos con hueso podrán ingresar a Patagonia. Estos deberán provenir de plantas habilitadas por SENASA y contar con envases primario y secundario, tanto para cortes frescos como congelados.
Al respecto, el presidente del CAP, Adrián Suárez, expresó: “Cada medida sanitaria debe adaptarse a la realidad productiva de Santa Cruz. Desde el CAP promovemos el diálogo técnico para resguardar la sanidad animal sin afectar el trabajo de nuestros productores”.
Desde el Consejo Agrario Provincial reafirmamos nuestro compromiso con el trabajo articulado junto a organismos nacionales y entidades representativas del sector productivo, con el objetivo de construir políticas sanitarias que acompañen el crecimiento del campo santacruceño, respeten sus particularidades territoriales y cuiden la salud animal de nuestra provincia.