Esta medida busca garantizar un sistema de salud digital eficiente, con mayor trazabilidad y seguimiento de las recetas emitidas, facilitando la dispensa en farmacias y asegurando a la población un acceso más seguro a los medicamentos.
Las recetas deben realizarse exclusivamente a través de las plataformas registradas en el ReNaPDiS (Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias). En el caso de CSS, por compatibilidad con nuestro sistema de validación, la única receta habilitada es a través de MisRX (www.misrx.com.ar)
Las recetas electrónicas deberán contener:
Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, especialidad y domicilio.
Datos del paciente: nombre, DNI, fecha de nacimiento, obra social y sexo.
Detalle del medicamento: nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica, cantidad de unidades y nombre comercial sugerido, en caso de corresponder.
Diagnóstico asociado, fecha de emisión y firma digital del profesional.
Para medicamentos de alto costo, los prescriptores y farmacias no deben consignar la obra social en la receta; basta con incluir el DNI del paciente.
Cobertura en farmacias:
Los pacientes deberán presentar únicamente su DNI o credencial para retirar la medicación indicada por el profesional, evitando la necesidad de llevar la receta en papel.
La receta manuscrita será válida únicamente:
En zonas de difícil acceso o sin conectividad.
En casos de interrupciones eventuales del sistema.
Para recetas emitidas antes del 31 de diciembre de 2024, dentro de su período de vigencia habitual.
La medida busca optimizar el ecosistema de salud digital establecido por la Ley Nacional 27.553 de Recetas Electrónicas de 2020, agilizando el circuito de prescripción y dispensa de medicamentos. Además, contribuye a reducir errores de interpretación, facilita la toma de decisiones médicas y garantiza una administración más segura y transparente de medicamentos.
Para más información sobre esta implementación, afiliados y prestadores pueden visitar el sitio web oficial de la CSS (www.css.gov.ar) o comunicarse con las delegaciones más cercanas.