La cobertura habitual en medicamentos es del 50% para afiliados y afiliadas en condición activa y 90% en condición pasiva. Estas son las coberturas más amplias en comparación a otras obras sociales provinciales y no requieren auditoría previa, son para todo medicamento en general.
Además, se brinda el 70% en tratamientos para enfermedades crónicas y al 100% en programas especiales como diabetes, VIH, oncológicos y alto costo. Para acceder, se debe certificar el diagnóstico, ingresar al programa y autorizar las recetas que se prescribieren.
Afiliados y afiliadas pueden realizar el trámite en sus sedes de manera presencial o por las vías remotas de correo y whatsapp enviando imágenes claras de la receta y la credencial. En este caso, los contactos oficiales son: 2966 626026 en Zona Sur, 2966 382645 en Zona Norte y el correo autorizacionescabacss@gmail.
1.- La fecha de confección debe ser clara y no superar los 30 días hasta la solicitud de su auditoría. No puede contener una fecha posterior a la actual.
2.- Debe ser prescripta por profesionales prestadores de CSS, agregar su sello, firma y matrícula. Todo debe ser legibles.
3.- No se pueden recetar marcas. La Ley Nacional 25649 ordena a recetar por el nombre genérico de la droga, es decir, no laboratorios, no marcas específicas. Todos los medicamentos en farmacia están autorizados por AMNAT.
4.- Deben estar a nombre de quien vaya a consumir la medicación, son personales e intransferibles.
5.- La CSS tiene un sistema mixto, permite recetas escritas a puño y letra y electrónicas, no se aceptan de otro tipo.
La consulta médica tiene un valor de $800 (ochocientos pesos) incluyendo la confección de todas las recetas que necesites. Notificar el incumplimiento del prestador de manera gratuita y confidencial es posible a través de la plataforma css.gov.ar/cobroindebido