En materia de medicamentos existen varios porcentajes de acompañamiento dentro de la CSS: los descuentos habituales para afiliados y afiliadas en condición activa, al 50% y en condición pasiva, al 90%, de las más amplias en comparación las obras sociales provinciales. También se contemplan coberturas al 70% en medicación para enfermedades crónicas y al 100% en programas específicos (diabetes, oncológicos, anticonceptivos, VIH, alto costo).
Para que las prescripciones de los medicamentos puedan seguir su curso de auditoría deben cumplir los siguientes requisitos:
- La fecha de confección debe estar clara y no superar los 30 días hasta la solicitud de su auditoría. No puede contener una fecha posterior a la actual.
- Debe ser prescripta por profesionales prestadores, que cuenten con convenio en la obra social santacruceña y el sello, firma y matrícula deben ser legibles.
- No se pueden recetar marcas, en cumplimiento de la Ley Nacional 25649, se deben prescribir genéricos, es decir, las drogas, no laboratorios o marcas específicas. Todos los medicamentos en farmacia están autorizados por AMNAT y esto permite elegir entre los precios más convenientes.
- Deben estar a nombre de quien vaya a consumir la medicación, son personales e intransferibles.
Se debe considerar que la CSS atraviesa un sistema mixto, permitiendo recetas escritas a puño y letra y electrónicas. El trámite de autorización, puede realizarse de manera remota, a través de los medios oficiales 2966 626026 en Zona Sur, 2966 382645 en Zona Norte y el correo autorizacionescabacss@gmail.
En este mismo sentido, es importante resaltar que las recetas no se cobran. La consulta médica tiene un valor de $300 (trescientos pesos) y este monto comprende la confección de todas las recetas que necesite el o la paciente. Afiliadxs que hayan sufrido vulneración de derechos en este sentido, pueden notificar el incumplimiento del prestador de manera gratuita y confidencial ante la plataforma: css.gov.ar/cobroindebido