Como resultado de las intimaciones, la ASIP informó que, en caso de falta de regularización se dará inicio al juicio de ejecución fiscal, previsto en el Código Fiscal. Cabe mencionar que la ASIP posee facultades para proceder al cobro compulsivo de las deudas, mediante la ejecución fiscal, pudiendo inhibir bienes así como embargar cuentas bancarias.
El Director Ejecutivo del organismo, Leandro Zuliani, explicó que "el procedimiento de intimación de deuda, notificación y reclamo que realizamos a aquellos contribuyentes que presentaban planes caducos, fue realizado en el pasado mes de mayo/2018, totalizando un total de 433 planes de facilidades de pago.
Zuliani puntualizó que "los planes fueron caducados por incumplimiento en los cronogramas de pago acordados, se calculo el stock de deuda pendiente y se intimo a su cancelación antes de proseguir el cobro ejecutivo de la misma. Asimismo es importante destacar que los contribuyentes conocen los plazos acordados cuyo incumplimiento genera el reclamo por parte de la ASIP, a la vez, tienen la posibilidad de regularizar antes del 31 de julio de 2018 hasta en 48 cuotas según planes de pagos vigentes en la actualidad".
En reiteradas comunicaciones la ASIP publicitó recientemente la resolución 129/2018 en donde se instrumentan planes de pago de 6 a 48 cuotas, con la novedad de incorporar a dicha financiación las deudas por compromisos de pago ya caídos o denominados caducos.
Finalmente desde el organismo resaltan como siempre la importancia de fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, aportando herramientas para aquellos que buscar regularizar inconsistencias o mora en su situación, como también seguir generando cultura tributaria entre los santacruceños y santacruceñas.