• Consejo Provincial de Educación - Jueves, 14 Septiembre 2017

Benedetto se refirió a la regulación de las Escuelas de Gestión Privada

La secretaria de Coordinación Educativa del Consejo Provincial de Educación, Norma Bendetto señaló que para el funcionamiento de una institución educativa de Gestión Privada la cartera educativa otorga el reconocimiento oficial en base a la evaluación del proyecto educativo. Asimismo, subrayó que los proyectos de instituciones nuevas o creación de nuevas secciones deben presentarse el año anterior al inicio de las actividades.

 

En este sentido, la secretaria de Coordinación Educativa del CPE, Norma Benedetto explicó que las instituciones educativas públicas de Gestión Privada están regidas por las normativas emanadas del Consejo Provincial de Educación y que para poder brindar el servicio educativo en Santa Cruz deben enmarcarse en el Acuerdo N° 185/91 del CPE que estable el “Régimen de Reconocimiento de los Institutos de Enseñanza Pública de Gestión Provincia”. Esta normativa establece los procedimientos para otorgar el reconocimiento oficial y la autorización para abrir nuevas secciones.

En este sentido, Benedetto indicó que la cartera educativa "tiene el mandato constitucional de velar por la Educación Pública en Santa Cruz, esto también comprende a las Escuelas Públicas de Gestión Privada" y recordó que "cuando se presentan iniciativas o propuestas para concretar una acción educativa tienen que enmarcarse en la legislación vigente".

Asimismo, indicó que las familias deben tener en cuenta "que la oferta educativa que eligen para sus hijos debe estar aprobada por el Consejo Provincial de Educación" y subrayó que es un derecho "exigir que le muestren la resolución emitida por el CPE mediante el cual se habilita esa institución".

En cuanto al mecanismo y procedimiento para obtener el reconocimiento oficial de una institución educativa de Gestión Privada, Benedetto señaló que "debe realizarse antes de que la institución se ponga en marcha, no se admite que una vez comenzadas las actividades se soliciten para su aprobación" y detalló que el Acuerdo 185/97 establece que los proyectos y propuestas deben presentarse antes del 30 de junio del año anterior al inicio de actividades. "Porque la aprobación no es automática, hay un análisis de la propuesta educativa ya que además de considerar el proyecto se analiza la necesidad del servicio", sostuvo la coordinadora y agregó que para ello se tiene en cuenta, entre otras cosas, la caracterización demográfica de cada localidad.

"Es necesario recordar que una escuela no es cualquier ambiente", enfatizó Benedetto a la vez que añadió: "Nosotros dejamos lo más preciado que tenemos que son nuestros hijos y esto tiene que estar muy bien revisado para que reciban lo mejor".

Por último remarcó que el CPE tiene la obligación de revisar todo lo que sucede en las escuelas y lo realiza a través de supervisores y la Dirección de Gestión Privada.