Esta situación, que se repite por segunda vez, fue advertida con suficiente anticipación desde las áreas administrativas que intervienen por parte de la Cartera Educativa.
Con buena predisposición, y respetando los acuerdos firmados, se les notificó en detalle de la documentación requerida y el circuito administrativo, que es su obligación respetar. El retraso en la presentación de la documentación que certifica las tareas realizadas es su responsabilidad y condición necesaria para el pago correspondiente.
Cabe destacar que cumplieron con sus obligaciones, dentro de los plazos requeridos, un 80 por ciento de las cooperativas que prestan servicios de limpieza en los establecimientos escolares.
Es de público conocimiento que hay retención de tareas de los trabajadores de la cooperativa “Fénix Group” en escuelas de Río Turbio que ven afectado su funcionamiento por falta de higiene: esto sucede en las Escuelas Primarias N° 54, N° 68, Industrial N° 5 y Jardín N° 45. Dicha cooperativa también desarrolla sus tareas en otras localidades de nuestra provincia, por lo que, desde la Cartera Educativa, se apela a la responsabilidad de las autoridades de “Fénix Group”, quienes deben cumplir sus obligaciones con las instituciones para las cuales prestan el servicio, como así también con los trabajadores socios de la cooperativa.
Se extiende la solicitad de responsabilidad a otras cooperativas que no presentaron debidamente la documentación de los trabajos realizados ante el Consejo Provincial de Educación.