Que de conformidad con lo dispuesto por el Ente Nacional Regulador en su Nota N° 5193 del 30 de octubre de 2001, sobre el Plan de Prevención de Daños que implementa nuestra Sub-Distribuidora de acuerdo a las pautas fijadas por la Norma NAG 100, Secc.614 y controladas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS.